El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional declaró culpable a Alexis Medina Sánchez por infringir múltiples disposiciones del Código Penal dominicano y de leyes especiales relacionadas con el soborno, el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. La sentencia establece lo siguiente:
Se declara al señor Alexis Medina Sánchez y a la entidad Milagrosa responsables de violar los artículos 148, 149, 151, 180, 265, 266 y 405 del Código Penal Dominicano, así como el artículo 3 de la Ley 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión, y los artículos 3 (numerales 1, 2 y 3), 4 y 9 (numerales 1 y 2) de la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Estas infracciones abarcan el uso de documentos falsos, fraude contra el Estado, malversación de fondos y soborno vinculado al lavado de activos.
Tras considerar pruebas suficientes que anulan su presunción de inocencia, el tribunal lo condena a siete años de prisión en el centro de corrección y rehabilitación Najayo Hombres, además del pago de las costas judiciales.
Después de más de cinco horas de exposición, las magistradas Claribel Nivar, Clara Castillo y Jisell Soto concluyeron que Alexis Medina utilizó su vínculo familiar con el expresidente Danilo Medina para crear una red de empresas que obtuvo contratos de obras, bienes y servicios del Estado mediante maniobras fraudulentas. Fue hallado culpable de delitos como lavado de activos, malversación, enriquecimiento ilícito y tráfico de influencias.
El Ministerio Público había solicitado una pena de 20 años de prisión. En contraste, Carmen Magaly Medina Sánchez, también hermana del expresidente e involucrada en el expediente, fue absuelta.
Otros coacusados recibieron condenas que van de cinco a seis años de prisión, a cumplirse en Najayo Hombres o Najayo Mujeres, entre ellos: José Dolores Santana Carmona, Wascar Bernabé Méndez, Paola Molina Suazo y Martín Monte de Oca. Víctor Matías Encarnación Montero fue sentenciado a cinco años de prisión con suspensión condicional y al pago de una multa de RD$500,000.
En cuanto a Fernando Rosa, exdirector del Fonper, fue declarado inocente, mientras que al exministro de Salud Pública Freddy Hidalgo se le dictó “no ha lugar”, al no encontrarse evidencias de responsabilidad penal.

